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Determinaciones Iniciales y de Reconsideración

A pesar de que un reclamo por invalidez del Seguro Social (pero no reclamos por invalidez del SSI) se puede realizar en el Internet en www.socialsecurity.gov/applyfordisability/adult.htm, la mayoría de los solicitantes inician su reclamo llamando a uno de los centros de la Administración del Seguro Social, al número de llamada gratuita 863-336-6927. El personal de los centros telefónicos programará una cita para el solicitante con un representante de la Administración del Seguro Social de una oficina local.

Si prefiere, se puede concertar una cita para que vaya a una oficina local del Seguro Social para que llene su solicitud en persona, aunque la mayoría hace una cita por teléfono para que un representante de reclamos de la Administración del Seguro Social le devuelva la llamada a la hora programada. Durante la cita, se le preguntará información básica que será ingresada en un formulario electrónico en la computadora, el cuál será impreso y, si es una entrevista telefónica, le será enviado por correo para que lo firme, junto con otros formularios para que también los llene y firme. La solicitud de beneficios es uno de los formularios en un caso de invalidez que no puede ser firmado en su nombre por un abogado, a menos que éste sea autorizado por la corte para hacerlo. Vea 20 C.F.R. §§ 404.612 y 404.613.

La prohibición de que un abogado firme una solicitud de beneficios en su nombre también prohíbe que “firme electrónicamente” una solicitud enviada por el Internet, a pesar de que pueda ayudarlo a presentar una solicitud.

En los niveles iniciales y de reconsideración, la Administración del Seguro Social no realiza determinaciones médicas. En vez de eso, los reclamos son referidos a una agencia del gobierno estatal que tiene un contrato con la Administración para determinar invalidez. En la agencia estatal, usualmente un doctor y una persona común, llamada examinador de invalidez, evalúan el reclamo, aunque la Administración de Seguro Social ha estado experimentando en proyectos pilotos haciendo que examinadores de invalidez tomen decisiones no complicadas por su cuenta. Luego, la Administración adopta las determinaciones en estos dos niveles.

Si usted no está satisfecho con la determinación inicial, puede apelar. En la mayoría de estados, esta apelación es un pedido de reconsideración. En diez estados la Administración del Seguro Social está experimentando con eliminar el paso de reconsideración. La determinación inicial en un estado prototipo le dirá al solicitante que apele pidiendo una audiencia. HALLEX I-2-4-99 contiene instrucciones para procesar apelaciones en circunstancias donde un solicitante se muda hacia o fuera de un estado prototipo cuando el reclamo está pendiente.

Si usted pide la reconsideración, un equipo de personas distinto al que emitió la determinación inicial la realizará, pero probablemente el resultado sea el mismo. Relativamente pocas reconsideraciones de determinaciones resultan en la entrega de beneficios. Vea 20 C.F.R. §§ 404.907 et seq sobre reconsideraciones. El siguiente paso es solicitar una audiencia ante un juez de ley administrativa.